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IGLESIA VIVA, Nº 211, jul-set, 2002

ESTUDIOS

        

La propiedad: ¿derecho o blasfemia? 

JOSÉ SOLS

             Pocos conceptos del discurso social cristiano han recibido un grado tan alto de manipulación colectiva como el de "propiedad". La práctica eclesial ha acabado siendo a menudo el polo opuesto a lo formulado en sus escritos oficiales de Doctrina Social, no digamos ya a lo formulado en el Antiguo y el Nuevo Testamento. Al mismo tiempo, la inmensa mayoría de los católicos no tiene ni remota idea de lo que la Iglesia ha estado afirmando acerca de la propiedad durante veinte siglos. ¿Por qué tanta ignorancia precisamente en este punto? ¿Por qué tanto silencio? ¿Por qué tanta incoherencia? Vamos a intentar en este escrito presentar la posición cristiana ante la propiedad -privada o de otro tipo-, así como vamos a presentar las principales desviaciones que se han producido.

            De entrada, resulta significativo que, al decir "propiedad", nos salga espontáneamente decir, como si de una sola palabra se tratase, "propiedad privada". Parece que la propiedad sólo pueda ser privada, que nos cueste imaginar otros tipos de propiedad. Pues resulta que hay muchos tipos de propiedad, y la privada sólo es uno de ellos. Que unamos "propiedad" a "privada" forma parte de la manipulación semántica en que vivimos.

 

1. La posición teórica de la Iglesia

 

Si nos limitamos a presentar la posición teórica de la Iglesia acerca de la propiedad, nuestro estudio se acaba en pocas líneas, pues es una posición nítida, reiterada en multitud de documentos, a la que la mayoría nos apuntaríamos con entusiasmo, aunque tiene cargas de profundidad que quizás no percibimos de entrada. El problema no surge de las formulaciones teóricas, sino de su disolución en la realidad histórica. La posición teórica de la Iglesia acerca de la propiedad se puede sintetizar en dos puntos:

1.      La propiedad es un derecho natural.

2.      La propiedad tiene una función social.

Según el primer punto, la propiedad no es simplemente una costumbre social fáctica, sino un derecho, más aún, un derecho natural, o sea, anterior a las legislaciones que sobre el tema puedan hacer los Estados, un derecho vinculado al ser humano mismo. Esto significa, por ejemplo, que todos los bebés que nacen sin propiedades tienen derecho, por naturaleza, a ellas, se entiende, las necesarias para vivir. Y si crecen sin tenerlas, entonces la humanidad atenta contra un derecho natural y comete un pecado contra el plan de Dios. Según el segundo punto (la función social de la propiedad), no sólo el propietario se puede beneficiar de sus posesiones, sino el conjunto de la sociedad a la que pertenece el propietario. Si alguien se enriquece, no sólo él debe gozar de esa riqueza, sino la sociedad en la que él vive.

            Podemos presentar esta misma posición teórica de la Iglesia con el esquema histórico-teológico que sigue el Papa Juan Pablo II en una de sus encíclica sociales, la Centesimus Annus, de 1991, con motivo del primer centenario de la primera gran encíclica social moderna, la Rerum Novarum de León XIII, de 1891: "El origen primigenio de todo lo que es un bien es el acto mismo de Dios que ha creado al mundo y el hombre, y que ha dado a éste la tierra, para que la domine con su trabajo y goce de sus frutos. Dios ha dado la tierra a todo el género humano para que ella sustente a todos sus habitantes, sin excluir a nadie ni privilegiar a ninguno. He ahí, pues, la raíz primera del destino universal de los bienes de la tierra. Esta, por su misma fecundidad y capacidad de satisfacer las necesidades del hombre, es el primer don de Dios para el sustento de la vida humana. Ahora bien, la tierra no da sus frutos sin una peculiar respuesta del hombre al don de Dios, es decir, sin el trabajo. Es mediante el trabajo como el hombre, usando su inteligencia y su libertad, logra dominarla y hacer de ella su digna morada. De este modo, se apropia una parte de la tierra, la que se ha conquistado con su trabajo: he ahí el origen de la propiedad individual. Obviamente le incumbe también la responsabilidad de no impedir que otros hombres obtengan su parte del don de Dios, es más, debe cooperar con ellos para dominar juntos toda la tierra" (CA, 31). Según este texto sintético de Juan Pablo II, conviene tener en cuenta cuatro puntos:

1.      Desde la fe en el Dios de la Biblia, afirmamos que todo ha sido creado por Él, y Él ha querido ponerlo todo bajo dominio del hombre (varón y mujer), para que éste trabaje la tierra y goce de sus frutos. Todos los hombres tienen derecho a este dominio de la tierra, "sin excluir a nadie ni privilegiar a ninguno", afirma el Papa. En este primer punto ya surge la idea de "todos", del "derecho de todos" a dominar la tierra y a vivir de ella, lo que se suele denominar "el destino universal de los bienes de la tierra".

2.      El dominio que el hombre tiene sobre la tierra se realiza mediante el trabajo. El hombre no recibe el don de Dios pasivamente, sino activamente, y la acción es el trabajo. No es casualidad, que en la teoría social cristiana el trabajo llegue antes que el capital, por lo que aquél tiene primacía sobre éste.

3.      El hombre se apropia de la tierra que ha trabajado y de los frutos de su trabajo. Surge la propiedad a partir del trabajo, no de otro modo. La propiedad sin trabajo previo queda puesta en cuestión.

4.      La propiedad no es sólo para beneficio del propietario, sino también para beneficio de la sociedad. Es "la función social de la propiedad".

La Iglesia es, por tanto contraria a las propiedades obtenidas sin esfuerzo (los ricos de cuna) y a las propiedades que se acumulan sin beneficiar a los que no las poseen. No cabe duda, de que la realidad histórica de la propiedad está a años luz de esta posición teórica de la Iglesia, incluyendo, por desgracia, posicionamientos prácticos de la Iglesia, contrarios a su propia doctrina. Por ello, es comprensible el enfoque metódico de Ignacio Ellacuría, quien, en su estudio de 1976, "La historia del concepto de propiedad como principio de desideologización", no quiso empezar por los puntos teóricos acerca de la propiedad, sino por la realidad histórica de la propiedad, para lo cual se hacía necesaria una desideologización de este concepto, porque "el hombre no usa su facultad de conocer tan sólo para determinar cómo son realmente las cosas, sino fundamentalmente para defenderse en la lucha por la vida" (Ellacuría, 588).

 

2. La realidad de la propiedad privada

 

            Ellacuría afirma en ese estudio que "las ideologías dominantes viven de una falacia fundamental, la de dar como conceptos reales e históricos, como valores efectivos y operantes, como pautas de acción eficaces, unos conceptos o representaciones, unos valores y unas pautas de acción, que son abstractos y universales. Como abstractos y universales, son admitidos por todos; aprovechándose de ello, se subsumen realidades que, en su efetividad, histórica, son la negación de lo que dicen ser" (Ellacuría, 591). En este esquema falaz, denunciado por Ellacuría, adoptamos una ingenuidad casi ilimitada: "La propiedad es un derecho natural", decimos, "esta tierra es mía, aquí tengo las escrituras que lo prueban, luego tengo derecho a poseer esta tierra". Pensemos en nuestra casa, en nuestro coche, en nuestra cuenta corriente, en lo que hemos heredado de padres y abuelos, en nuestro pasaporte (que nos da derecho a  multitud de cosas, que son negadas a los inmigrantes "sin papeles"), y veremos cómo estamos reproduciendo este esquema infantil a diario. Damos valor de realidad al concepto de "propiedad", y a partir de ahí el discurso va de bajada, de conclusión en conclusión, siempre a nuestro favor, siempre a favor del propietario histórico. Los poderes que controlan el pensamiento (grupos mediáticos, partidos políticos, gobiernos, etc.) se ocupan de alimentar esta falacia, no sólo con el concepto de "propiedad", sino también con otros que utilizamos a diario con idéntica satisfacción acrítica: "democracia", "derechos humanos", "lucha antiterrorista", "libertad de expresión". Vivimos engañados, felizmente engañados, porque no hay sonrisa más amplia que la del que no sabe nada.

            No empecemos nuestra reflexión por el concepto de "propiedad", sino por su realidad actual. En el mundo actual hay unas desigualdades económicas flagrantes, que no son fruto del trabajo, sino de la cuna en que se ha nacido. Si la Iglesia no denuncia más esta enorme injusticia, es porque participa abiertamente de ella, a pesar de las protestas de muchos de sus fieles. ¿Hace falta recordar que, de los 6.000 millones de habitantes de la tierra, 2.800 millones viven con menos de dos dólares al día, y de éstos, 1.200 millones con menos de un dólar al día? (PNUD 2001, capítulo 1). ¿Hace falta recordar que el patrimonio de las tres personas más ricas del mundo es equivalente al de los 40 países más pobres del mundo? En la inmensa mayoría de los casos, se tiene la riqueza que se obtuvo al nacer en una u otra cuna. El hijo de un rico nace, crece y muere rico; el hijo de un pobre nace, crece y muere pobre. Nadie discute el statu quo de las propiedades actuales: se dan por morales por el hecho de estar reconocidas por una ley, pero "lo moral" no es sinónimo de "lo legal". Quizás habría que escuchar aquí a uno de los Padres de la Iglesia, San Juan Crisóstomo: "Dime, ¿de dónde te viene a ti ser rico?, ¿de quién recibiste la riqueza?, y ése, ¿de quién la recibió? Del abuelo, dirás, del padre. ¿Y podrás, subiendo el árbol genealógico, demostrar la justicia de aquella posesión? Seguro que no podrás, sino que necesariamente su principio y su raíz ha salido de la injusticia" (en: Ellacuría, 614). San Ambrosio, obispo de Milán, tampoco se muerde la lengua: "¿Hasta dónde pretendéis llevar, oh ricos, vuestra codicia insensata? ¿Acaso sois los únicos habitantes de la tierra? ¿Por qué expoliáis a los que son de vuestra misma naturaleza y vindicáis para vosotros solos la posesión de toda la tierra? En común ha sido creada la tierra para todos, ricos y pobres, ¿por qué os arrogáis el derecho exclusivo al suelo? Nadie es rico ni pobre por naturaleza, pues ésta engendra igualmente pobres a todos… La naturaleza no distingue a los hombres ni en su nacimiento ni en su muerte" (en: Vives, 210). Y a continuación añade: "La naturaleza engendró el derecho común; el uso establecido, el derecho privado".

 

3. La aceptación práctica de la Iglesia de esta realidad

 

            Durante veinte siglos, la Iglesia ha mantenido un difícil equilibrio entre su ser evangélico, profético, misionero, kerigmático, y su condición de institución histórica en un marco social. Si tomamos su función kerigmática (o sea, de anuncio de la fe en la Pascua del Señor), observamos que la Iglesia acepta la propiedad, siempre y cuando ésta sea fruto del trabajo y beneficiosa para todos. En cambio, si tomamos el modo de funcionar de la Iglesia en tanto que institución histórica, vemos que se comporta como cualquier otra institución, con el agravante de hacerlo "en nombre de Dios". Estamos en el umbral de la blasfemia. ¿O quizás ya lo hemos pasado? ¿Podemos imaginar la cantidad de probres que, durante veinte siglos, habrán visto a eclesiásticos vivir en la opulencia, y habrán escuchado de sus bocas que aquello era así "por voluntad de Dios"? ¿Qué Dios quiere estas diferencias económicas? ¿Qué Dios quiere que haya ricos y pobres, grandes propietarios y desposeídos? ¿Qué Dios quiere que la propiedad provenga de la cuna, y no del trabajo? Ciertamente, no el Dios bíblico.

            En el tema de la propiedad, la Iglesia ha vivido y vive prácticamente en la blasfemia y en el pecado. Son palabras duras, pero más dura es aún la realidad que pretenden hacer presente. Que algunos cristianos, incluso muchos, hayan mantenido el espíritu profético (Casaldáliga, Câmara, Romero, Ellacuría, Teresa de Calcuta, y una multitud de cristianos poco conocidos), y que los documentos eclesiales hayan repetido machaconamente la teoría que ya hemos citado en palabras de Juan Pablo II, no quita que la institución como tal haya pactado plenamente con un sistema económico injusto, contrario a la posición radical cristiana.

 

4. El cristianismo y la propiedad

 

            Desde el cristianismo no se presenta ningún sistema económico concreto, pero sí se dan unos criterios que critican o apoyan determinados sistemas. Centrémosnos ahora en la propiedad.

 

            4.1 Jesús de Nazaret y el cristianismo primitivo

 

            Los evangelios ponen en boca de Jesús numerosas palabras contra los ricos. Si hay ricos, es porque hay pobres. No hay riqueza sin pobreza. El término "riqueza" es dialéctico: significa una gran acumulación de bienes en comparación con las escasas posesiones de otras muchas personas; se aplica siempre a una minoría frente a una mayoría que carece de esa riqueza. Contra esto va Jesús: "Dejaos de amontonar riquezas en la tierra, donde la polilla y la carcoma las echan a perder, donde los ladrones abren boquetes y roban" (Mt 6,19); "Nadie puede estar al servicio de dos amos, porque aborrecerá a uno y querrá al otro, o bien se apegará a uno y despreciará al otro. No podéis servir a Dios y al dinero" (Mt 6,24); "Más fácil es que pase un camello por el ojo de una aguja que no que entre un rico en el Reino de Dios" (Mc 10,25). Y cuando un hombre rico se acercó a Jesús preguntándole qué tenía que hacer para heredar la vida eterna y mostrándole que ya cumplía con los mandamientos, Jesús le dijo: "Una cosa te falta: vete a vender lo que tienes y dáselo a los pobres, que Dios será tu riqueza; y, anda, sígueme a mí" (Mc 10,21).

            No hay grietas en la posición de Jesús, según los evangelios. No se puede acumular riquezas a costa de los demás, no se puede tener mucho ("ricos") cuando otros no tienen lo necesario para la vida digna ("pobres"). Creer en Dios y acoger la vida que nos ofrece supone acabar con las diferencias entre ricos y pobres.

            Las comunidades cristianas primitivas acogieron este espíritu de Jesús. Intentaban compartir tanto los bienes espirituales como los materiales. La comunión de bienes materiales preparaba a los miembros de la comunidad para la comunión de bienes espirituales. Ésta, sin aquélla, es un camelo. Si comulgamos en misa, pero no compartimos nuestros bienes con el pobre, nuestra comunión no significa nada, no es comunión, sino un rito litúrgico vacío. El jesuita catalán, José Vives, afirma que "la comunidad de bienes que atestiguan los documentos del cristianismo primitivo no procede de móviles puritanos, ni mira primariamente a la propia perfección del que cede sus bienes, sino que procede del sentido de una exigencia de igualdad en la participación de los dones que últimamente proceden de Dios, Padre común de todos por igual" (Vives, 178). Concretamente, Vives señala que "tres son los elementos esenciales del precepto de comunicación tal como lo leemos en los textos que poseemos [del cristianismo primitivo]: 1) el precepto propiamente tal: 'Comunicarás todas las cosas con tu hermano' (Didajé) o 'con tu prójimo' (Bernabé); 2) la motivación: 'porque si comunicáis en los bienes imperecederos, cuánto más en los perecederos'; 3) una consecuencia: 'no dirás que nada sea tuyo propio'" (Vives, 178).

 

            4.2 Los Padres de la Iglesia

 

            Los Padres de la Iglesia heredaron esta concepción cristiana de la propiedad: no tengas mucho cuando otros tienen poco; que todos se beneficien de tu poseer. A diferencia de las primeras comunidades, formadas por pequeñas islas en medio del océano cultural romano, los Padres ya viven el ascenso del cristianismo en el Imperio, y con él, la contradicción de no pocos cristianos, que viven en la opulencia a pesar de su fe en el Señor. De ahí que encontremos textos de gran dureza acerca de la propiedad y de la riqueza. Ya hemos visto algunos más arriba. San Juan Crisóstomo, nacido en Antioquía a mediados del siglo IV, y patriarca de Constantinopla desde el 397, fue un gran orador contra las riquezas de aquella magnífica ciudad, lo que le costó durísimas persecuciones. He aquí alguno de sus textos, que todavía tienen mucho que decir en nuestra actualidad: "Enfermedad es del estómago retener y no distribuir los alimentos, pues con ello perjudica al cuerpo entero. Así, enfermedad o maldad es de los ricos retener para sí lo que tienen, pues eso es perdición suya y de los demás. El ojo a su vez recibe toda la luz; pero no la retiene para sí solo, sino que alumbra a todo el cuerpo. Y es que, mientras sea ojo, no pertenece a su naturaleza retener toda la luz. (…) Así también vosotros, cuanto fuere puesto en vuestras manos, no lo retengáis para vosotros solos, pues perjudicáis al bien común; pero, antes que a nadie, os perjudicáis a vosotros mismos" (Homilía X, 4, en: Sierra Bravo, n. 964). Del mismo modo que es insano retener los alimentos en el estómago, o del mismo modo que sería absurdo que la luz se quedara en el ojo y no llegara como información al cerebro, así la propiedad privada tiene una función social, tiene que ser beneficiosa para todos (para el "bien común", dice el Crisóstomo), y no sólo para quien la posee. Y es que el tener no es malo en sí, sino que lo es cuando no beneficia a todos: "Y  hablo así, no porque la riqueza sea un pecado; no, el pecado está en no repartirla entre los pobres, en usar mal de ella. Nada de cuanto Dios ha hecho es malo; todo es bueno y muy bueno. Luego también las riquezas son buenas, a condición de que no dominen a quienes las poseen, a condición también de que remedien la pobreza" (Homilía XIII, 5, en: Sierra Bravo, n. 973). Esto no significa que uno no deba atender a sus propias necesidades; no se trata de automaltratarse, sino de descubrir que el propio bien pasa por el bien del otro: "Uno busca su propio interés si tiene en consideración el interés del prójimo, pues el bien del prójimo es nuestro propio bien" (Homilía XV, 3, en: Sierra Bravo, n. 872).

No eran pocos los que contestaban a los Padres asegurando que no hacían daño a nadie al acumular riquezas. San Basilio, obispo de Cesarea de Capadocia en el siglo IV, les replica con dureza: "¿A quién, dices, hago agravio reteniendo lo que es mío? ¿Y qué cosas, dime, son tuyas? ¿Las tomaste de alguna parte y te viniste con ellas a la vida? Es como si uno, por ocupar primero un asiento en un teatro, echara luego afuera a los que entran, haciendo cosa propia lo que está allí para uso común. Tales son los ricos. Por haberse apoderado primero de lo que es común, se lo apropian a título de ocupación primera. Si cada uno tomara lo que cubre su necesidad y dejara lo superfluo para los necesitados, nadie sería rico, pero nadie sería tampoco pobre. ¿No saliste desnudo del vientre de tu madre? ¿No has de volver igualmente desnudo al seno de la tierra? Ahora bien, lo que ahora tienes, ¿de dónde procede? Si respondes que del azar, eres impío, no reconociendo al Creador y no rindiendo gracias al que te lo ha dado. Mas si confiesas que todo te viene de Dios, dinos la razón por la que lo has recibido. ¿Acaso es Dios injusto por habernos repartido desigualmente los medios de vida? ¿Por qué tú eres rico y el otro pobre? ¿No es, absolutamente, para que tú recibas el galardón de tu bondad y buena administración, y el otro sea honrado con los grandes premios de la paciencia? Y tú, encerrándolo todo en los senos insaciables de tu avaricia, ¿no crees cometer agravio contra nadie, cuando a tantos y tantos defraudas?(…) En resolución, a tantos haces agravio, a cuantos puedes socorrer" (Homilía VII in famem I, en: Vives, 199-200). El espíritu pastoral de los Padres les hace utilizar imágenes que clarifican lo que quieren explicar. Al final, lo dicho se resume en pocas palabras: "a tantos haces agravio, a cuantos puedes socorrer". Otros se escudaban en que las riquezas acumuladas tenían como único objetivo poder comer y vestirse, y no tenían conciencia (o decían no tenerla) de acumular en demasía. San Basilio les contesta: "la mayor parte no pone tanto afán en adquirir riquezas por razón de la comida y vestido, sino que el diablo se ha dado buena traza para sugerir a los ricos infinitos pretextos para gastar, de modo que se busca lo inútil como necesario, y nada les basta para las necesidades que excogitan" (Homilía contra los ricos, 2, en: Sierra Bravo, n. 210). ¿Acaso no es esto una descripción del consumismo de nuestro siglo, redactada hace 1.600 años?

San Ambrosio, obispo de Milán, denuncia incluso la violencia que los ricos ejercen contra los pobres, porque les molesta ver que éstos puedan tener algo que ellos no tienen. Es la repetición de la historia bíblica de Nabot (1Re 21), dice San Ambrosio: "La historia de Nabot sucedió hace mucho tiempo, pero se renueva todos los días. ¿Qué rico no ambiciona continuamente lo ajeno? ¿Qué rico no trama arrojar al pobre de su pedazo de terruño y anular las lindes del campo que el miserable recibió de sus antepasados? ¿Qué rico se contenta con lo que tiene? No ha sido Nabot el único pobre asesinado: cada día un Nabot cae por los suelos; cada día algún pobre es asesinado" (PL 14, en: Vives, 210). Desgraciadamente, en nuestro mundo actual, en el inicio del siglo XXI, cada día mueren asesinados, de un modo u otro, miles de Nabot, y no sólo uno. Lo propio de los ricos, según San Ambrosio, no es tener lo necesario, sino quitar a los otros lo necesario para así poder acumular cosas inútiles.

Así sintetiza José Vives la novedad radical de la concepción patrística con respecto al derecho romano, de la que aún vive el mundo occidental: "esta novedad consiste en el rechazo de la doctrina del derecho romano que dictaminaba que cada uno podía usar simplemente privata ut propia (en el sentido de que 'cada uno podía hacer de lo suyo lo que le viniera en gana'), para decir que de alguna manera también privata sunt communia, es decir, que la privatización sólo se justifica cuando y en tanto que real y efectivamente contribuye mejor al bien de todos" (Vives, 212-213). Hoy vivimos sin complejos la idea de que cada uno puede tener tanta riqueza como le sea posible, siempre que no se salte las leyes y que pague los impuestos, y pensamos que puede hacer con ella lo que se le antoje. ¿Acaso nuestros ídolos de la televisión y del cine no hacen eso?, ¿y acaso nosotros no desearíamos hacer lo mismo que ellos?

 

            4.3 La Escolástica

 

            Nos detendremos poco en la Escolástica medieval, porque poco añadió a lo dicho por los Padres, y además lo formuló con escaso espíritu profético. Santo Tomás retomó una de las ideas de los Padres: no poseemos las cosas, pues sólo a Dios pertenecen, sino que las administramos, las usamos. "Las cosas exteriores pueden considerarse de dos maneras: una, en cuanto a su naturaleza, la cual no está sometida a la potestad humana, sino solamente a la divina, a la que obedecen todos los seres; otra, en cuanto al uso de dichas cosas, y en este sentido tiene el hombre el dominio natural de las cosas exteriores, ya que, como hechas para él, puede usar de ellas mediante su razón y voluntad en propia utilidad, porque siempre los seres más imperfectos existen por los más perfectos". Y más abajo añade: "Por eso el hombre tiene el dominio natural de esas cosas en cuanto al poder usar de ellas" (ST II, c.66, a.1). Según Santo Tomás, al igual que afirmaban los Padres de la Iglesia, el derecho de propiedad no es absoluto. Nadie tiene nada de manera absoluta e indiscutible, pues todo cuanto tenemos es un don de Dios, incluso lo producido con el esfuerzo de nuestro trabajo, pues nuestra capacidad constructiva es también un don. El que posee algo, lo tiene para usarlo, para administrarlo, para disfrutar de ello, para construir algo con ello, para hacer con ello un bien a los demás. Este es el sentido de la parábola evangélica de los talentos (Mt 25 y Lc 19), en la que el señor premia a los siervos que han dado fruto con lo recibido y condena al siervo que no ha construido nada con la parte recibida.

En cuanto a los "bienes exteriores" se refiere (podríamos decir: "el dinero y el patrimonio"), Santo Tomás afirma que al hombre le competen dos cosas: en primer lugar, "la potestad de gestión y disposición de los mismos, y en cuanto a esto, es lícito que el hombre posea cosas propias", y en segundo lugar, "el uso de los mismos; y en cuanto a esto no debe tener el hombre las cosas exteriores como propias, sino como comunes, de modo que fácilmente dé participación de éstas en las necesidades de los demás" (ST II, c.66, a.2). Queda claro por qué Santo Tomás no ve que los hombres deban tener las cosas como propias: todo es un don recibido de Dios "para algo", por lo que se puede usar de ese don siempre y cuando se siga esa finalidad, pero la propiedad absoluta de todo sigue estando en manos de Dios. ¿Por qué Santo Tomás ve con tan buenos ojos la propiedad? Por tres razones: "primero, porque cada uno es más solícito en gestionar aquello que con exclusividad le pertenece que lo que es común a todos o a muchos (…); segundo, porque se administran más ordenadamente las cosas humanas si a cada uno le incumbe el cuidado de sus propios intereses (…); tercero, porque así el estado de paz entre los hombres se mantiene si cada uno está contento con lo suyo…" (ST II, c.66, a.2).

 

            4.4 La Doctrina Social de la Iglesia del último siglo

 

Nos saltamos ahora siglos de reflexión sobre el tema porque no tenemos espacio para mayor exhaustividad. Decíamos al inicio de nuestro escrito que el siglo XX ha abundado en documentos pontificios y en cartas pastorales de conferencias episcopales acerca de temas importantes de sociedad. El tema de la propiedad ha sido abordado prácticamente en todos esos documentos, y siempre en el mismo sentido: la propiedad es un derecho natural; la propiedad tiene una función social.

 

a) Los Papas: la formulación teórica de la tradición cristiana

 

El Papa León XIII retomó la tradición cristiana, que hemos visto sintéticamente, y estrenó la moderna Doctrina Social de la Iglesia con estas líneas acerca de la propiedad: "El que Dios haya dado la tierra para usufructuarla y disfrutarla a la totalidad del género humano no puede oponerse en modo alguno a la propiedad privada" (RN, 6), con lo que el derecho a la propiedad, incluso privada, queda afirmado dentro del plan divino. León XIII escribía esto contra socialistas, comunistas y anarquistas, contrarios al derecho de propiedad privada. Ahora bien, prosigue el Papa, "a pesar de que [la propiedad de la tierra] se halle repartida entre los particulares, no deja por ello de servir a la común utilidad de todos, ya que no hay mortal alguno que no se alimente con lo que los campos producen" (RN, 6). Aquí tenemos la función social de la propiedad, que el Papa sostiene contra los capitalistas, acérrimos defensores de la propiedad privada como derecho absoluto, más aún, defensores del actual orden de cosas, o sea, de la propiedad histórica. ¿Qué ocurre con los que nacen y crecen sin propiedad alguna? Según León XIII,  "los que carecen de propiedad, lo suplen con el trabajo; de modo que cabe afirmar con verdad que el medio universal de procurarse la comida y el vestido está en el trabajo, el cual, rendido en el fondo propio o en un oficio mecánico, recibe, finalmente, como merced no otra cosa que los múltiples frutos de la tierra o algo que se cambia por ellos" (RN, 6).

Las encíclicas papales han ido repitiendo estas ideas una y otra vez, aunque con acentos distintos. El Papa Pío XI dejó claro en la Quadragesimo anno (1931) que la Iglesia, 40 años después de la encíclica social de León XIII, seguía afirmando la doble dimensión, individual y social, de la propiedad: "debe tenerse por cierto y probado que ni León XIII ni los teólogos que han enseñado bajo la dirección y magisterio de la Iglesia han negado jamás ni puesto en duda ese doble carácter del derecho de propiedad llamado social e individual, según se refiera a los individuos o mire al bien común, sino que siempre han afirmado unánimemente que por la naturaleza o por el Creador mismo se ha conferido al hombre el derecho de dominio privado, tanto para que los individuos puedan atender a sus necesidades propias y a las de su familia, cuanto para que, por medio de esta institución, los medios que el Creador destinó a toda la familia humana sirvan efectivamente para tal fin" (QA, 45). La misma línea siguió el Papa Pío XII en el Radiomensaje de Pentecostés del año 1941, en el 50º aniversario de la Rerum Novarum: "Todo hombre, en cuanto ser vivo dotado de razón, tiene, por su misma naturaleza, el derecho fundamental a usar de los bienes materiales de la tierra, aunque se haya dejado a la voluntad humana y a las formas jurídicas de los pueblos regular con mayor detalle la realización práctica de este derecho. Pero bajo ningún concepto puede suprimirse este derecho individual, ni siquiera en virtud de otros derechos ciertos y reconocidos. Dado que el orden natural procede de Dios, requiere también la propiedad privada y la libertad de comercio recíproco de los bienes mediante intercambios y donaciones, así como la función reguladora de los poderes públicos sobre estas dos instituciones. Pero todo ello está subordinado al fin natural de los bienes materiales y no puede ejercitarse independientemente del derecho primario y fundamental que concede su uso a todos, sino que más bien debe servir para hacer posible su realización de conformidad con este fin" (RadP 41, 13).

 

b) El Concilio Vaticano II y el despertar del Tercer Mundo

 

El Concilio Vaticano II (1962-65) da algunos pasos más que documentos eclesiales anteriores del mismo siglo. Los padres conciliares son conscientes del despertar del Tercer Mundo (la Conferencia de Bandung, Indonesia, momento simbólico de la toma de conciencia de los países del Sur, había tenido lugar en 1955) y conocen la situación de pobreza y hasta de miseria de cientos de millones de seres humanos, todos ellos con derecho teórico de propiedad, pero que en la práctica no tienen nada porque se les ha quitado lo que poseían, o se les quitó a sus padres antes de que ellos nacieran. Después de repetir lo que ya sabemos acerca de la doble dimensión individual y social de la propiedad, el Concilio afirma que "las formas de este dominio o propiedad son hoy diversas y se diversifican cada día más", por lo que todo cuanto afirma la Iglesia acerca de la propiedad debe ampliarse también a "los bienes inmateriales, como es la capacidad profesional", y debe tenerse en cuenta que la propiedad no es sólo privada, sino que también puede ser pública: "el derecho de propiedad privada no es incompatible con las diversas formas de propiedad pública existentes. La afectación de bienes a la propiedad pública sólo puede ser hecha por la autoridad competente de acuerdo con las exigencias del bien común y dentro de los límites de este último, supuesta la compensación adecuada. A la autoridad pública toca, además, impedir que se abuse de la propiedad privada en contra del bien común" (GS, 71). El hecho de que la autoridad pública tenga el deber, según la Iglesia, de vigilar que la propiedad privada no se convierta en un abuso, esto es, que no se atente contra su dimensión social, lleva al Concilio a hablar de la necesidad de cambios en el actual (des)orden de cosas: "En muchas regiones económicamente menos desarrolladas existen posesiones rurales extensas y aun extensísimas mediocremente cultivadas o reservadas sin cultivo para especular con ellas, mientras la mayor parte de la población carece de tierras o posee sólo parcelas irrisorias y el desarrollo de la producción agrícola presenta caracteres de urgencia. No raras veces los braceros o los arrendatarios de alguna parte de esas posesiones reciben un salario o beneficio indigno del hombre, carecen de alojamiento decente y son explotados por los intermediarios. Viven en la más total inseguridad y en tal situación de inferioridad personal, que apenas tienen ocasión de actuar libre y responsablemente, de promover su nivel de vida y de participar en la vida social y política" (GS, 71).

La Iglesia se ha situado, por fin, después de siglos de intervenciones puntuales proféticas de sus miembros, apenas recogidas en documentos oficiales, en el plano de la realidad histórica, aquel por el que había que empezar a reflexionar, según Ellacuría. En cuanto la Iglesia se sitúa en este plano, la consecuencia es lógica y radical, la transformación de la realidad: "Son, pues, necesarias las reformas que tengan por fin, según los casos, el incremento de las remuneraciones, la mejora de las condiciones laborales, el aumento de la seguridad en el empleo, el estímulo para la iniciativa en el trabajo; más todavía, el reparto de las propiedades insuficientemente cultivadas a favor de quienes sean capaces de hacerlas valer" (GS, 71). Ahora ya no se trata de formular por enésima vez el derecho de propiedad, sino de apuntar a la necesidad de cambios en la estructura económica histórica. La reforma estructural es necesaria, la crítica del sistema es ya abierta, incluso el camino hacia la revolución, en caso de que la reforma pacífica no sea posible, está ya apuntado, aunque no citado directamente. El propio Concilio habla del derecho a la expropiación, cuando así sea necesario para recuperar el sentido primigenio del derecho de propiedad, que lo es "para todos", y no sólo para una élite afortunada: "En este caso [el caso del reparto de tierras insuficientemente cultivadas a favor de quienes sean capaces de hacerlas valer] deben asegurárseles los elementos y servicios indispensables, en particular los medios de educación y las posibilidades que ofrece una justa ordenación de tipo cooperativo. Siempre que el bien común exija una expropiación, debe valorarse la indemnización según equidad, teniendo en cuenta todo el conjunto de las circunstancias (GS, 71). De ningún modo forzamos el texto conciliar al hablar de "revolución": a quienes promovieron en América Latina "el reparto de las propiedades insuficientemente cultivadas a favor de quienes sean capaces de hacerlas valer" (GS, 71), a pesar de la oposición de las grandes oligarquías, que tenían el apoyo de los ejércitos nacionales, a su vez asesorados por la Administración norteamericana, se les tachó de "comunistas", "subversivos", "revolucionarios", cuando no hicieron más que poner en práctica la invitación profética del Concilio. Simplemente quisieron ser cristianos en la realidad histórica de América Latina.

 

5. El orden vigente como blasfemia

 

            Como decíamos más arriba, la Iglesia ha mantenido un ambiguo papel dual en el tema de la propiedad a lo largo de los siglos. Su formulación teórica, ya lo hemos visto, ha sido casi siempre valiente y constante, pero su implicación histórica en los procesos de cambio ha sido escasa. La misma Iglesia que afirmaba principios "revolucionarios", como el de la función social de la propiedad, condenaba al silencio o al castigo a aquellos cristianos que pretendían poner en práctica esos principios a través de la denuncia de la estructura económica y política que los hacía inviables.

            La propiedad es un derecho natural, según la Iglesia, porque es el modo en que el ser humano desarrolla su actividad creativa y transformadora. El hombre se apropia de lo que necesita para trabajar, para actuar, para llevar a cabo la vida que Dios le ofrece. Pero se puede apropiar de ello sólo en la medida en la que lo necesite para actuar y trabajar. No vale la infinita acumulación de bienes sin más objeto que la ambición egoísta incontrolada, por mucho que esté avalada por la legalidad. No vale acumular lo innecesario cuando a otros muchos les falta lo necesario. La propiedad es un derecho, sí, pero no un derecho absoluto, pues lo absoluto de este derecho sólo lo detenta el Creador de todo, Dios, no el hombre, creatura. Para éste, es la propiedad sólo un derecho relativo, esto es, subordinado a la finalidad para la cual recibió ese don.

            El orden actualmente vigente en el mundo, fruto en buena medida del triunfo del imperialismo político y económico, se presenta bajo capa de "libre mercado", cuando en realidad no es más que libertad total para los intereses económicos del Norte (especialmente de los Estados Unidos), protegidos con los mejores ejércitos, y proteccionismo desvergonzado para cuidar a los ciudadanos del Norte con respecto a los del Sur. Tanto los Estados Unidos como la Unión Europea están protegiendo sus productos agrícolas contra la competencia leal de los mismos productos procedentes de otros continentes. No hay libre mercado; hay victoria de una minoría sobre una mayoría. Este orden es un desorden del plan divino, pues el derecho de propiedad ha pasado de ser un don a ser una blasfemia, pues blasfemo es afirmar que Dios quería este estado de cosas.

            Jean-Yves Calvez, en su libro reciente, Les silences de la doctrine sociale catholique, denuncia una carencia importante de la posición eclesial: "La Iglesia ha advertido acerca de algunas modalidades de propiedad y de capitalismo, pero, en cambio, practicamente nunca ha tomado posición acerca del capitalismo mismo, entendiendo, por supuesto, que éste no se define sólo por el uso del capital, cosa que encontramos en toda economía moderna, ni tampoco sólo por el reconocimiento del derecho de propiedad en una sociedad, sino por algo mucho más específico: hay capitalismo allí donde el capital o bien los medios de producción están en manos de pocas personas, mientras que la inmensa mayoría de hombres sólo puede aportar su trabajo al proceso de producción. Esta situación, aun acompañada por un punto de vista, una ideología 'economista' o materialista, de reducción del trabajo a simple mercancía, o de liberalismo extremo, contiene (…) por sí misma un gran peligro de injusticia y de división social. En consecuencia, ¿no habría que trabajar para superar esta situación? Esta es la pregunta a plantearse de manera indispensable… Incluso más de cien años después de fracasos en la búsqueda de soluciones, parece que esta pregunta tiene que ser retomada seriamente de cara al futuro" (Calvez [1999], 69-70).

 

6. Recuperar el sentido de la posición de la Iglesia

 

            Por ello, hay que recuperar hoy la posición teórica de la Iglesia acerca de la propiedad, y no sólo "privada". Hay que profundizar en ella, tal como afirma Calvez, yendo hasta el análisis de la estructura misma del capitalismo, y no quedándose sólo en la observación de ciertas "desviaciones" inaceptables, pero puntuales al fin. Hay que ser conscientes de que hoy se acoge solamente uno de los dos puntos de la posición cristiana acerca de la propiedad, y se hace sólo para justificar el statu quo: la propiedad como derecho natural; pero nos olvidamos de que ese derecho natural lo tienen los 6.000 millones de personas que componen la humanidad actual, y nos olvidamos igualmente del segundo punto, sin el cual el primero es simple egoísmo: la función social de la propiedad. Todos tienen el derecho a poseer lo necesario para vivir, todos tienen derecho al trabajo, y toda propiedad es aceptable sólo en la medida en la que repercuta beneficiosamente tanto en el propietario como en los demás miembros de la sociedad. Esto es el cristianismo. O se toma, o se deja. Pero no valen las componendas.

 

 

José Sols Lucia es teólogo, rensponsable de la Cátedra de Ética y Pensamiento Cristiano del Instituto Químico de Sarriá (IQS), Universidad Ramón Llull, Barcelona. Es miembro del Centro de Estudios "Cristianisme i Justícia". josesols@iqs.es

 

Bibliografía y siglas

 

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- CALVEZ, J.-Y. (1999): Les silences de la doctrine sociale catholique, Paris, Les Editions de l'Atelier.

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- VV.AA. (1996): Doctrina social de la Iglesia. Manual abreviado, Madrid, BAC.


 

[1] Invito al lector a leer, por ejemplo, la obra política de Rousseau, especialmente,  su Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombre, en donde aparecen muchas de las ideas desarrolladas, más tarde, por Marx.s.

[2] Véase P. Barcellona. El individualismo propietario. Ed. Trotta. Madrid. 1996.

[3] J. D. Wolfensohn. “El reto de Johanesburgo”. El País. 23/VIII/2002.

[4] A. Smith. Investigación sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones. Ref. 40. l. I, cap. 2. Méjico. 1982.

[5] C. B. Macpherson.La teoría política del individualismo posesivo. Ed. Fontanella. Barcelona. 1976, pp 225-226.  

[6] Ibid. p.231

[7]. Dumont, Louis. Homo aequalis. Génesis y apogeo de la ideología económica. Taurus. Madrid. 1982, 1999 (original francés de 1977). (Un resumen del libro lo presenta el propio Dumont en el capítulo 3, “Emergencia de la categoría económica” de su libro Ensayos sobre el individuslimo. Alianza Universidad. Madrid. 1987. (original francés de 1983), págs 115-124 ).

 

[8] Véase Offe. C. y Preuss, U. “Instituciones democráticas y recursos morales”. Isegoría. Nº 2. Madrid 1970; Przeworski, A. Capitalismo y socialdemocracia. E. Garzón Valdés. “Instituciones suicidas”. Isegoría. Nº 9. 1994,

[9] Macpherson, C.P. op. cit.p.228

[10] J. Locke. Ensayo sobre el gobierno civil. Pr. 124.  Ed. Aguilar. Madrid. 1969. pp 93-94.  ..

[11] J. Locke. Ibd. p.4.

[12]  Para una aproximación diferente y complementaria al tema, véase Sreemvasan, G. The Limits of Lockean Rights in Property. New York: Oxford University Press. 1995.

[13] Para valorar lo que significa la valoración moderna del mercado, así como el papel y lugar del dinero, respecto al mundo clásico, véase G. Navet. “La société civile. L´argent et la philosophie” (Aristote et Locke). www. Mondialisations.org  (22/01/2001).

[14] El capítulo V del Ensayo sobre el gobierno civil es la referencia básica para este apartado, Sigo los comentarios de  C. B. Macpherson al mismo ( véase op. cit. pp 176 ss.) y de L. Dumont, en Homo aequalis. pp 71-86.

[15] Macpherson cita un texto que aparece en una revisión de la tercera edición del Ensayo, añadiendo un argumento nuevo tras el primer párrafo del n. 37.

[16] Macpherson.op.cit. p. 184.

[17] Macpherson, op. cit. p. 190

[18] Comenta L. Dumont que, al desaparecer la subordinación como principio social y quedar el individuo como el referente fundamental, se hace imprescindible la interiorización por el individuo empírico de un código moral que le impida caer en el libertinaje y que le obligue  a aceptar las reglas de juego de la sociedad. Se trata, por tanto de hacer ver que el orden social libremente asumido es fuente de felicidad. La obligación moral reemplaza así a la subordinación desigualitaria de la sociedad tradicional.(véase op. cit. pp 77 ss).

[19]  Para ver cómo Locke trata estas cuestiones Macpherson analiza sus obras Ensayo sobre el entendimiento humano  y Sobre un cristianismo razonable, además del ya citado Ensayo sobre el gobierno civil. Véase pp. 191-204..

 

[20]  La importancia de la religión y, más en concreto, del cristianismo, en la obra de Locke, es discutida. Y valorada de forma desigual. Véase Dumont, op. cit, pp 79 ss.

[21] Macpherson, op. cit, .pp. 202-203

[22] Véase G. Peces-Barba, E. Fernández y R. de Asis. Historia de los Derechos Fundamentales. T. II. Vol. III. Ed. Dykinson/Instituto de derechos Humanos Bartolomé de las Casas. Universidad Carlos III. Madrid. 2001. pp 271-274; 287ss.

[23] Ibid. pp 362-364.

[24] Sobre el liberalismo doctrinario, véase D. Velasco. Pensamiento Político Contemporáneo. Universidad de Deusto. Bilbao 2001, pp 155 ss y bibliografía citada.

[25] B. Constant. Principios de Política. Ed. Aguilar. 1970., p. 120.

[26] Para ver cómo se plasma en el ámbito jurídico y político el espíritu totalitario del economicismo, véase la obra de C. Polin. L´esprit totalitaire.  Editions Sirey. Paris. 1977.

[27] L. Dumont. Homo Aequalis. p. 74

[28]P. Barcellona, op. cit, p. 113.

[29] Véase D. Velasco. “La matriz economicista como determinante de la lógica sociopolítica y moral”, en Eficiencia, corrupción y crecimiento con equidad”. Universidad de Deusto. 1996. pp 167-175.

[30] P. Barcellona. Op. cit. pp 115-116.

[31] Ibid. pp 117-118.

[32] Ibd. p. 134.

[33] En mi opinión, Etica de la liberación, en la edad de la globalización y de la exclusión (Trotta. 1998), es una obra imprescindible para una buena reflexión crítica que propicie, a su vez, el cambio de mentalidad de que hablamos.

[34] E. Dussel. Hacia una filosofía política crítica. Desclée de Boruwer. 2001. Bilbao. P. 30.

[35] J.-I. Calvez. Les silences de la Doctrine Sociale Catholique. Les Ëditions >Ouvrières. Paris. 1979.

 

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